Políticas nacionales e internacionales que respaldan
a los sectores sociales frente al compromiso de promocionar
la educación en salud en infancia y adolescencia.
| DOCUMENTO |
ACCIONES |
RESPONSABLES |
| Convención
Internacional sobre los Derechos del Niño. Naciones
Unidas, 20 de noviembre 1989 |
Su espíritu es transformar a niñas y niños
en sujetos de una amplia gama de derechos y libertades,
reconoce su dignidad como personas y en consecuencia el
cumplimiento de sus derechos se hace obligatorio y jurídicamente
exigible |
Naciones Unidas |
| Cumbre Mundial en Favor
de la Infancia. 1990 |
Los jefes de estado suscribieron la Declaración
mundial para la supervivencia, protección y desarrollo
de los niños del mundo. Se plantearon obligaciones
en los campos de salud, nutrición, protección,
educación, agua potable y saneamiento básico |
Naciones Unidas |
| Plan Nacional de Acción
en Favor de la Infancia PAFI. Presidencia de la República,
DNP y la cooperación de Unicef,1992 |
Se instituyó dentro del marco anterior y retomando
los planteamientos de la Convención Internacional
de los Derechos del Niño y de la Cumbre Mundial
en Favor de la Infancia |
|
| Pacto por la Infancia |
Contempla la elaboración de planes territoriales,
con acciones en los ámbitos nacional, departamental
y municipal con el propósito de comprometer a las
instituciones y a los diferentes sectores con la supervivencia,
desarrollo, protección y participación de
los niños, niñas y adolescentes |
|
| En desarrollo de la Constitución
Política, se sancionaron: la Ley 100/93 |
Por la cual se crea el Sistema General de Seguridad
Social en Salud. Plantea un modelo de salud descentralizado,
participativo, solidario, que busca la cobertura total
de la población en las áreas de promoción,
prevención, tratamiento y rehabilitación.
Se presta a través del Plan de Beneficios constituido
por: PAB, POS, ATEP y Eventos catastróficos y accidentes
de tránsito. |
Sector Salud |
| Ley General de Educación.
Ley 115/94 |
Reglamenta la estructuración de los PEI derroteros
de obligatorio cumplimiento donde se articulan intereses
de los diferentes actores de comunidad educativa. "La
formación para la promoción y preservación
de la salud y la higiene, la prevención integral
de problemas socialmente relevantes, la educación
física, la recreación, el deporte y la utilización
del tiempo libre" constituyen una oportunidad para
desarrollar la salud de los escolares y abre el espacio
para la coordinación con el sector salud. |
Sector Educación |
| Decreto 1860/94 |
Reglamentario del PEI, e l cual se constituye en espacio
para la reflexión y concertación acerca
de los problemas que afectan a la comunidad educativa.
Los componentes de promoción de estilos de vida
y ambientes saludables pueden incorporarse dentro de éste,
a través de los proyectos pedagógicos de
salud. |
Sector Educación |
| Resolución
4288/96 |
El PAB está orientado a desarrollar actividades,
procedimientos e intervenciones tales como promover la
cultura de la salud y crear condiciones ambientales saludables
en la familia, la escuela, el trabajo y la población
en general. Es formulado y ejecutado por el alcalde a
través de los distintos sectores, concertado con
la comunidad y responde a las características socioculturales
de la población. Es el escenario por excelencia
para incorporar soluciones a la problemática de
salud de los escolares. |
Sector Salud |
| Resolución
3997/96 |
Reglamentación del POS (acciones de promoción
y prevención a nivel individual, familiar o grupal
y que deben ser prestados obligatoriamente por las EPS,
ARS e IPS) |
EPS, ARS e IPS PÚBLICAS |
| Resolución
4210/96 |
En ella se establecen las reglas generales para la organización
y el funcionamiento del Servicio Social Estudiantil Obligatorio,
el numeral 4.4 establece que el "Servicio Social
atenderá prioritariamente necesidades educativas,
culturales, sociales y de aprovechamiento del tiempo libre
identificadas en la comunidad del área de influencia
del establecimiento educativo, tales como la promoción
y preservación de la salud |
Sector educación |
| Resolución
2343/96 |
Se precisan los indicadores de logros curriculares para
la educación formal, en donde la naturaleza y el
carácter serán indicios, señales,
rasgos o conjunto de rasgos, datos o informaciones perceptibles
que al ser confrontadas con lo esperado e interpretado
de acuerdo con una fundamentación teórica
pueden considerarse como evidencias significativas de
cambios en los procesos. |
Sector educación |
| Reunión
de Consulta, Costa Rica 1993 |
Coherente con el plan de acción regional de promoción
de la salud (OPS 1994) que plantéa "el carácter
multisectorial y el compromiso que tiene la sociedad como
conjunto para lograr la salud y el bienestar requieren
del establecimiento de políticas públicas
saludables que sustenten el quehacer individual y colectivo
y le den sostenibilidad a los programas mas allá
de los cambios político-administrativos; propone
impulsar una estrategia de escuelas saludables para fortalecer
la promoción y la educación en salud con
una perspectiva integral e intersectorial, surgida de
la experiencia latinoamericana" presentada por expertos
de salud y educación de 12 países |
OPS/OMS |
| Municipios Saludables por la Paz |
Coherente con la política de descentralización.
Su propósito es mejorar el nivel de salud y bienestar
de la población y reducir la violencia. |
Sector Salud |