DECRETO 1471 DE 1990
Por la cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Salud y se determina las funciones de sus dependencias
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las extraordinarias que le confiere el artículo 51, letra b) de la Ley 10 de 1990,
DECRETA
ARTICULO 4º. La estructura orgánica del Ministerio de Salud será la siguiente:
- Comité del Gabinete del Ministerio.
- Comité ejecutivo del Ministerio.
- Comité Nacional para la Protección del Menor Deficiente.
- Consejo Nacional de Dirección de Seccionales de Salud.
- Comisión Nacional de Planeación en Salud.
- Comisión de Personal.
- Comisión Consultiva.
- Junta de Licitaciones y Adquisiciones.
ARTICULO 67º. La División de Desarrollo Humano tiene las siguientes funciones:
Comité Nacional para la Protección del Menor deficiente.
ARTICULO 110º. El comité Nacional para la Protección del Menor Deficiente se integrara y funcionara de conformidad con lo regulado en el decreto-ley 2737 de 1989.